ORDEN EHA/3435/2007 DE 23 DE NOVIEMBRE
DEBE CONTABILIZAR ANTES SUS FACTURAS
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A partir del 1 de octubre de 2008, las empresas deberán contabilizar con más rapidez.

  

ORDEN EHA/3435/2007 DE 23 DE NOVIEMBRE:
DEBE CONTABILIZAR ANTES SUS FACTURAS.


A partir del 1 de octubre de 2008, las empresas y sus asesores deberán contabilizar con más rapidez, ya que las principales autoliquidaciones tributarias que se presenten a partir de dicha fecha (ya sean a ingresar, a devolver o negativas), se deben presentar obligatoriamente por internet. Esta obligación alcanza únicamente a las sociedades anónimas y limitadas.
 

 Esto es así por:

1.- Los asesores pasan o revisan la contabilidad de sus clientes para posteriormente confeccionarle el impuesto. A partir de dicha fecha ya no podrán entregarle el modelo impreso para que su cliente lo lleve al banco el último día de pago, sino que se lo tendrán que quedar para presentarlo por internet, a no ser que se lo entreguen a su cliente (que deberá estar en posesión del certificado de usuario) para que éste lo rellene y presente por internet por su cuenta.

Si se lo queda el asesor para presentarlo,  es necesario presentarlo por internet al menos con 5 días de antelación al último día de pago en periodo voluntario, lo cual anticipa el día en el que la contabilidad debe de estar pasada y el impuesto confeccionado.

Todo ello obligará a que la contabilidad esté pasada con más antelación que actualmente, con el fin de que este confeccionado el impuesto cinco dias antes de la fecha de finalizacion del plazo.

  

Las principales autoliquidaciones de impuestos implicadas son:

Mod. 300 de IVA

Mod. 110 de retenciones de IRPF

Mod. 115 de retenciones de alquileres

Mod. 123 de retenciones de intereses y dividendos

Mod. 202 de pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades

 

El texto normativo que avala esta noticia es la Orden EHA/3435/2007 de 23 de noviembre, en su art. 2 y su Disposición Adicional Única.